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Artículo 6

Decreto 369 de 1975 · Por el cual se reglamenta el artículo 24 del decreto 294 de 1973

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo sexto. En los contratos que se celebren con cargo a las partidas a que se refiere este decreto se estipulará que los desembolsos quedan condicionados a los respectivos acuerdos internos de obligaciones.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 369 de 1975