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Artículo 202

Ley 94 de 1938 · Código de Procedimiento Penal

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando la ley exija con sanción de nulidad que se llenen ciertas formalidades en determinados actos y dichas formalidades no se observaren, se considerará, sin necesidad de resolución especial, que tales actos no se han verificado.

Pruebas .

Disposiciones generales.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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