JurídicoESEN

Artículo 2

º Créanse En La Planta De Personal Del Departamento Administrativo Nacional De Estadística, Los Siguientes Cargos; Así: Oficina De Planeacion Número De Cargos Dependencia Denominación Del Cargo Código Grado 1 Profesional Especializado 3010 08 Direccion General De Informacion Tecnica 1 Coordinador 5005 19 1 Supervisor 5105 10 2 Operario Calificado 6000 09 Direcciones Regionales 2 Profesional Universitario 3020 04 1 Supervisor 5105 12 Direccion General De Procesamiento De Datos 1 Investigador Científico 3000 14 2 Profesional Universitario 3020 06 10 Analista De Sistemas 4005 13 1 Programador De Sistemas 4060 07 1 Transcriptor De Datos 6005 08 Direccion General De Analisis Socio-Economico 1 Técnico Administrativo 4065 07 1 Secretario Ejecutivo 5040 11

Decreto 695 de 1981 · Por el cual se modifica la planta de personal del Departamento Administrativo Nacional de Estadística

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Créanse en la Planta de Personal del Departamento Administrativo Nacional de Estadística, los siguientes cargos; así: OFICINA DE PLANEACION Número de cargos Dependencia Denominación del cargo Código Grado 1 Profesional Especializado 3010 08 DIRECCION GENERAL DE INFORMACION TECNICA 1 Coordinador 5005 19 1 Supervisor 5105 10 2 Operario Calificado 6000 09 DIRECCIONES REGIONALES 2 Profesional Universitario 3020 04 1 Supervisor 5105 12 DIRECCION GENERAL DE PROCESAMIENTO DE DATOS 1 Investigador Científico 3000 14 2 Profesional Universitario 3020 06 10 Analista de Sistemas 4005 13 1 Programador de Sistemas 4060 07 1 Transcriptor de Datos 6005 08 DIRECCION GENERAL DE ANALISIS SOCIO-ECONOMICO 1 Técnico Administrativo 4065 07 1 Secretario Ejecutivo 5040 11

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 695 de 1981