JurídicoESEN

Artículo 1

Decreto 1693 de 1920 · Por el cual se dicta una medida en el ramo de Caminos Nacionales

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Mientras llega el caso de resolver él restablecimiento de los .trabajos del puente-sobre el río Guatiquía, el sueldo del Ingeniero Director de la vía nacional de Oriente, será de ciento ochenta pesos mensuales, y se pagará íntegramente de los fondos destinados a los gastos de esa vía. Esta, disposición surtirá, efecto desde el 1° de agosto próximo pasado Comuníquese y publíquese. ¡

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1693 de 1920