º La Comisión tendrá las siguientes funciones
Darse su propio reglamento, el cual será aprobado por mayoría.
Cumplir las funciones previstas en el artículo transitorio 55 de la Constitución Política.
Identificar y proponer mecanismos para la protección de la identidad cultural y los derechos de las Comunidades Negras.
Proponer a las autoridades competentes programas de fomento del desarrollo económico y social de las Comunidades Negras.