° Los actuales empleados de la Dirección General de Impuestos Nacionales del Ministerio de Hacienda y Crédito Público que fueren designados: en cargos con sueldos inferiores a los que estén devengando en el momento de incorporarse en la planta establecida en el presente Decreto, continuarán recibiendo el sueldo anterior hasta su retiro o cuando pasen a otro cargo, pero las primas de antigüedad se computarán sobre los sueldos básicos; cuando el cargo quede vacante, la persona que é atrae ocuparlo, recibirá el sueldo señalado en este Decreto.
Para efectos de la prima de antigüedad, el tiempo de servicio del personal incorporado en categoría superior a la que ahora tiene se contará a partir de la posesión ordenada en el presente Decreto, y para el incorporado en igual categoría, a partir de la fecha de su anterior posesión.