JurídicoESEN

Artículo 6

º Mientras Se Elige E Instala El Concejo Municipal De Fortul, Corresponderá Al Respectivo Alcalde Municipal La Designación De Interinidad De Los Funcionarios Que Por Ley Corresponde Designar A Dicha Corporación, Previa Consulta Al Departamento Administrativo De Intendencias Y Comisarías, Y A Este Departamento La Adopción De Las Medidas Relativas A La Expedición Del Presupuesto De Rentas Y Gastos De Dicho Municipio Y Las Demás Propias De Aquella Corporación Que Resulten Necesarias En Orden A La Buena Administración Del Nuevo Municipio,

Decreto 2926 de 1989 · Por el cual se crea el Municipio de Fortul en la Intendencia Nacional de Arauca.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Mientras se elige e instala el Concejo Municipal de Fortul, corresponderá al respectivo Alcalde Municipal la designación de interinidad de los funcionarios que por ley corresponde designar a dicha Corporación, previa consulta al Departamento Administrativo de Intendencias y Comisarías, y a este Departamento la adopción de las medidas relativas a la expedición del presupuesto de rentas y gastos de dicho municipio y las demás propias de aquella Corporación que resulten necesarias en orden a la buena administración del nuevo municipio,

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2926 de 1989