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Artículo 3

Destinación

Ley 2076 de 2021 · por la cual se amplía la autorización a la Asamblea Departamental del Meta y a los Concejos Municipales de cada una de sus entidades territoriales para que ordenen la emisión de la estampilla “Universidad de Los Llanos” y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El producido de los recursos provenientes de la estampilla “Universidad de los Llanos”, se podrá destinar a los siguientes rubros:

Desarrollo científico en las líneas de investigación institucio­nales de la Universidad de los Llanos, adoptadas mediante el Acuerdo Académico y/o a la apertura de programas académicos.

Desarrollo de la Infraestructura Educativa de las sedes de la Universidad de los Llanos.

Desarrollo de la Docencia, extensión de la Institución, a la aper­tura y desarrollo de programas académicos que la Universidad consi­dere pertinentes para la región, de acuerdo con estudios de contexto, desarrollo y mejoramiento de la infraestructura física, tecnológica y bi­bliográfica, el desarrollo de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, así como el fortalecimiento de la internacionalización y el Bilingüismo de la Universidad.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 2076 de 2021