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Artículo 11

Decreto 824 de 1988 · Por el cual se desarrolla la Ley 11 de 1988

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

En lo no previsto en el presente Reglamento, el registro patronal, la inscripción y afiliación, se regirán por los reglamentos generales respectivos. CAPITULO IV. COTIZACION Y APORTES.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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