JurídicoESEN

Artículo 1

Decreto 635 de 1910 · Por el cual se separa una Oficina Postal de la Telegráfica correspondiente

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Sepárase la Oficina Postal de la Telegráfica en la ciudad de Guateque, y dispónese que la primera sea servida por un Administrador de Correos, con el sueldo mensual de veinticinco pesos ($ 25), y tendrá un peso ($ 1) para gastos de útiles de escritorio. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 635 de 1910