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Artículo 3

Ley 98 de 1985 · Por la cual la Nación se asocia a la celebración del bicentenario de la fundación del Municipio de San Agustín, capital arqueológica de Colombia, en el Departamento del Huila

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El Gobierno Nacional podrá efectuar todas las operaciones presupuestales pertinentes en las vigencias subsiguientes para atender a la celebración del bicentenario mencionado y la programación y desarrollo de las obras autorizadas y enumeradas en la presente Ley.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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