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Artículo 2

Ley 56 de 1975 · Por la cual la Nación se asocia a la celebración del tercer centenario de la ciudad de Medellín y se dictan otras disposiciones

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Facúltase al Gobierno Nacional para que, como aporte especial de la Nación a dicha celebración y en cuantía de doscientos sesenta y tres millones de pesos ($ 263.000.000.00), disponga las inversiones necesarias para la realización de los siguientes programas de obras de carácter social y de interés público:

a)

Construcción y dotación de aulas escolares;

b)

Hospital General de Medellín, Hospital San Vicente de Paúl y Hospital Pablo Tobón Uribe;

c)

Programas de seguridad;

d)

Obras de infraestructura en barrios habitados por población de escasos recursos económicos;

e)

Integración del Parte Norte con el Jardín Botánico y Museo de Ciencia;

f)

Estudios para el Plan Metropolitano de Medellín y de los Municipios del Valle de Aburrá y del Oriente cercano.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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