°. La Comisión de que trata el presente decreto, estará integrada por: – El Viceministro del Interior, quien la presidirá. – El Viceprocurador General de la Nación. – El Vicefiscal General de la Nación. – El Director Nacional de Quejas de la Defensoría del Pueblo. – El Consejero Presidencial para los Derechos Humanos. – El Coordinador de la Oficina del Alto Comisionado para la Paz. – Dos (2) representantes de las Organizaciones no Gubernamentales de Derechos Humanos debidamente constituidas.
La Comisión Interamericana de Derechos Humanos podrá actuar, a través de los representantes que designe al efecto, como observadora y asesora permanente de la Comisión.