Amortización de capital derivado de operaciones para el fortalecimiento financiero de las entidades del sector. Corresponde a los recursos provenientes del abono a capital que realizan las entidades del sector beneficiadas de las operaciones realizadas en desarrollo de los artículos 41 del Decreto-ley 4107 de 2011, 9 de la Ley 1608 de 2013 y 68 de la Ley 1753 de 2015, reglamentados en el presente decreto.
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