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Artículo 2

Decreto 1098 de 1971 · Por el cual se determina la planta de personal de la Presidencia de la República

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo segundo. El Gobierno podrá asignar, cuando lo estime necesario y previo cumplimiento de las formalidades legales del caso, prima técnica a las personas que ocupen cargos de Secretarios Jurídico, Económico y de Organización e Inspección de la Administración Pública y de Técnicos en Administración Pública III - 25.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1098 de 1971