Autorízase al Gobierno para arreglar extrajudicialmente con los propietarios de los inmuebles que, arrendados a la Nación para el servicio de oficinas públicas, quedaron destruidos por los sucesos de abril del presente año (1) el reconocimiento y pago del valor de las indemnizaciones a que hubiere lugar.
Los contratos para verificar los arreglos que el Gobierno celebre en ejercicio de esta autorización, requerirán para su validez la aprobación del Consejo de Estado.