Para la comprobación de todo grado militar en la jerarquía de Oficial, el Gobierno expide el respectivo despacho , en el cual se expresa la antigüedad que corresponde al interesado y define su situación militar.
En los casos de ascenso a los grados de Teniente Coronel en adelante el despacho se expide con posterioridad a la aprobación del Senado.