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Artículo 3

Decreto 693 de 1891 · En ejecución el artículo 44 de la Ley 110 de 1888

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Art. 3º Inmediatamente que los empleados á que se refiere el precedente artículo reciban el anuncio de la imposición de una multa, lo notificarán al empleado sobre quien ha recaído y éste deberá consignarla dentro de los tres días siguientes á la notificación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 693 de 1891