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Artículo 58

Cuando No Hubiere Cosa Alguna Puesta En Discusión, Sólo Para Hacer Alguna Proposición, Podrá Tomarse La Palabra, Y El Que La Pidiere Lo Hará En La Siguiente Forma: "pido La Palabra Para Proponer"

Decreto 464 de 1964 · por el cual se aprueba, con modificaciones y adiciones, el Acuerdo número 3 de 1963 (enero 23), del Consejo Intendencial de San Andrés y Providencia, sobre el reglamento para el funcionamiento interno del Consejo.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Cuando no hubiere cosa alguna puesta en discusión, sólo para hacer alguna proposición, podrá tomarse la palabra, y el que la pidiere lo hará en la siguiente forma: "Pido la palabra para proponer".

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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