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Artículo 28

El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Todas Las Normas Que Le Sean Contrarias, En Especial Los Artículos 14 Y 33 Del Decreto 1901 De 1990

Decreto 2122 de 1992 · por el cual se reestructura el Ministerio de Comunicaciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

ARTICULO 28. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas las normas que le sean contrarias, en especial los artículos 14 y 33 del Decreto 1901 de 1990.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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