Artículo único. Nómbrase a la señorita Cecilia Galvis Charry Mecanógrafa de la Comisión Revisora del Código de Comercio.
Parágrafo
La señorita Galvis Charri devengará, desde el 17 de los corrientes, fecha desde la cual está desempeñando el cargo para que ha sido nombrada. Comuníquese y publíquese.