Los actos y contratos de la Administración Postal Nacional estarán sometidos a los requisitos que establecen los presentes estatutos y a las normas fiscales y reglamentarias vigentes.
Cuando los estatutos o las normas legales vigentes exijan para su perfeccionamiento la autorización y aprobación de algún organismo o funcionario y se omita el cumplimiento de este requisito, el acto o contrato celebrado no obligara a la entidad.