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Artículo 1

Ley 35 de 1905 · sobre prescripción de la acción criminal por ciertos delitos cometidos por empleados públicos

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. La acción criminal por delitos ò culpas cometidos en la última guerra por los funcionarios ò empleados públicos en el ejercicio de su cargo, que no merezcan pena corporal, se prescribe en el término de un año contado desde la fecha de la comisión del delito ò culpa.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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