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Artículo 3

Ley 122 de 1948 · Por la cual se crea el Colegio Nacional del Oriente de Caldas, se nacionalizan algunos colegios y se dictan disposiciones sobre educación

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La junta de que trata el artículo anterior trabajara ad honorem y tendrá como Tesorero al Tesorero Municipal de Pensilvania. Dicho empleado rendirá cuenta de las inversiones que se hagan con tal fin a la Contraloría General de la Republica.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Ley 122 de 1948