Articulo 9° Los gastos de las estampillas serán sufragados con cargo al rubro presupuestal.
Con el Único fin del ordenar y cancelar la primera impresión de la estampilla descrita en el artículo 7° se autoriza al Intendente Nacional de Arauca para contratar un empréstito hasta por la sumo de doscientos cincuenta mil pesos ($250.000.00) moneda corriente.