Las salas de escaldado de patas y almacenamiento de cabezas en los mataderos I y II, deberán estar dotadas, en lo pertinente, con el siguiente equipo mínimo
Equipo o máquina escaldadora de patas;
Mesas o anaqueles de material inoxidable, en cantidad suficiente para almacenar las patas y cabezas correspondientes al sacrificio del día;
Recipientes en cantidad suficiente para el almacenamiento de pezuñas y cuernos.