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Artículo 4

Vigencia

Decreto 2065 de 2023 · Por el cual se modifica parcialmente el Arancel de Aduanas para las importaciones de: equipos para el tratamiento de la apnea, clasificados en la subpartida 9019.20.00.20; concentradores de oxígeno, clasificados en la subpartida 9019.20.00.10 y; maníes sin tostar ni cocer de otro modo, sin cáscara incluso quebrantados, clasificados en la subpartida 1202.42.00.00.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. Vigencia . El presente decreto entra en vigencia transcurridos quince (15) días calendario contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial y modifica en lo pertinente el artículo 1° del Decreto número 1881 del 30 de diciembre de 2021. La medida establecida en el artículo 3° regirá hasta el 31 de diciembre de 2025. Vencido el anterior término de vigencia, se restablecerá el arancel contemplado en el Decreto número 1881 de 2021 o las normas que lo modifiquen, aclaren o sustituyan.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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