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Artículo 9

Decreto 3199 de 2002 · por el cual se reglamenta la prestación del Servicio Público Obligatorio de Asistencia Técnica Directa Rural previsto en la Ley 607 de 2000.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º . Los Planes Generales de Asistencia Técnica Directa Rural se orientarán a crear las condiciones necesarias para aumentar la competitividad y rentabilidad de la producción en un contexto de desarrollo municipal, zonal, provincial, distrital, subregional o regional.

Parágrafo

El Plan General de Asistencia Técnica Directa Rural estará orientado, entre otros, por los siguientes aspectos

a)

Acceso a servicios de apoyo a la producción;

b)

Desarrollo de capacidades de gestión y administración de sistemas productivos;

c)

Articulación a los mercados de insumos;

d)

Construcción de vínculos con agroindustrias y otros mercados dinámicos;

e)

Incorporación de varias fases del proceso productivo, garantizando la generación de valor agregado;

f)

La sostenibilidad ambiental y económica;

g)

Articulación con los mercados de financiamiento y crédito;

h)

Articulación con los incentivos y apoyos estatales a la inversión rural, facilitando el acceso de los grupos de productores a los mismos. CAPITULO III De las entidades prestadoras del servicio de asistencia técnica directa rural, su acreditación y registro

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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