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Artículo 2

Ley 70 de 1968 · Por la cual se ordena la ampliación y dotación del Amparo de Niños de la ciudad de Girardot

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

La Nación por intermedio del Ministerio de Justicia y con cargo al Departamento de Menores entregará mensualmente al Amparo de Niños de Girardot y para sus gastos de funcionamiento la suma de diez mil pesos ($ 10.000.00) moneda corriente.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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