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Artículo 2

Ningún Empleado Público De Una Entidad Territorial Podrá Recibir Salario Mensual Superior Al Salario Mensual Del Respectivo Gobernador O Alcalde

Decreto 693 de 2002 · por el cual se establece el límite máximo de la asignación básica mensual de los empleados públicos de las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º. Ningún empleado público de una entidad territorial podrá recibir salario mensual superior al salario mensual del respectivo Gobernador o Alcalde.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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