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Artículo 1

Decreto 1926 de 1937 · Por el cual se modifica el artículo 12 del Decreto número 1158 de 1936

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Artículo único. Los certificados de origen de las mercancías que se importen a la República por vía aérea, podrán ser expedidos en papel suministrado por los interesados. Comuníquese y publíquese.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1926 de 1937