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Artículo 4

La Comisión Nacional De Política Turística Tendrá Como Función El Estudio, Preparación Y Elaboración De Un Proyecto De Ley Orgánica Para El Sector Turístico, Encaminado A Promover Su Desarrollo Ordenado El Cual Será Entregado A La Consideración Del Gobierno Nacional

Decreto 1296 de 1981 · por el cual se crea la Comisión Nacional de Política Turistica.

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El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Articulo 4º La Comisión Nacional de Política Turística tendrá como función el estudio, preparación y elaboración de un proyecto de ley orgánica para el sector turístico, encaminado a promover su desarrollo ordenado el cual será entregado a la consideración del Gobierno Nacional.

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Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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