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Artículo 2

Ley 2 de 1974 · por medio de la cual se determina el número de miembros de las Comisiones Constitucionales Permanentes.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Dad a en Bogotá, D.E., a 20 de septiembre de 1974.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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