°. Las autoridades civiles de la República en el orden nacional, departamental y municipal quedan obligadas a hacer cumplir estrictamente este Decreto y ordenarán publicarlo profusamente por intermedio de la prensa hablada y escrita, por bando y carteles murales.
Los empleados públicos que por cualquier motivo no justificado y comprobado, eludan o falten al cumplimiento de las obligaciones que les corresponden en las labores censales, serán destituidos de sus cargos y no tendrán derecho a que les sean pagados sus respectivos sueldos, salarios o emolumentos.