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Artículo 2

La Mesa De Trabajo Estará Conformada Por: 1

Decreto 2837 de 2013 · por el cual se establece un mecanismo de participación de expertos para la discusión y revisión de la metodología para el cálculo de la rentabilidad mínima que deberán garantizar las sociedades administradoras de fondos de pensiones obligatorias.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. La mesa de trabajo estará conformada por

1.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público.

2.

El Superintendente Financiero de Colombia.

3.

El Director de la Unidad Administrativa Especial Unidad de Proyección Normativa y Estudios de Regulación Financiera (URF).

4.

Un (1) representante del Banco de la República.

5.

Cinco (5) expertos en materia financiera, de mercado de capitales y/o estructuración y administración de portafolios de inversión designados por el Ministro de Hacienda y Crédito Público.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2837 de 2013