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Artículo 11

Ley 16 de 1976 · por la cual se aprueba el "Convenio entre la República de Colombia y la República de Venezuela para regular la tributación de la Inversión estatal y de las empresas de transporte internacional", suscrito en Cúcuta, el día 22 de noviembre de 1975.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

El presente Convenio tendrá una vigencia de tres (3) años y se renovará tácitamente por períodos iguales, salvo que una de las Partes Contratantes notifique a la otra, con seis (6) meses de anticipación por lo menos, a la fecha de expiración del período inicial o de la prórroga, su voluntad de impedir la renovación tácita.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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