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Artículo 1

º Delegar La Función De Emitirlos Dictamenes Periciales Antropoheredobiológicos De Que Trata El Numeral 15 Del Artículo 21 De La Ley 7º De 1979 Y El Artículo 36 Del Decreto 2388 De 1979, Que Sean Requeridos Por Los Jueces Y Defensores De Familia, En Otros Organismos De La Administración Pública, Idóneos Y Espacializados En La Materia

Decreto 2749 de 1994 · por el cual se aprueba el Acuerdo número 042 del 31 de agosto de 1994, de la Junta Directiva del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Delegar la función de emitirlos dictamenes periciales antropoheredobiológicos de que trata el numeral 15 del artículo 21 de la Ley 7º de 1979 y el artículo 36 del Decreto 2388 de 1979, que sean requeridos por los Jueces y Defensores de Familia, en otros organismos de la administración pública, idóneos y espacializados en la materia.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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