Sanciones a personas que presten el servicio público de transporte sin autorización . Será sancionada con multa de (700) salarios mínimos mensuales legales vigentes la persona que sin autorización destine un vehículo de servicio particular al servicio público de transporte municipal de pasajeros.
Si vencido el término de ejecutoria, el infractor no ha cancelado el valor de la multa, la autoridad competente enviará al organismo de tránsito donde se encuentra matriculado el vehículo copia de la providencia para que se inscriba en el registro y se cargue a expensas del infractor.