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Artículo 1

En El Distrito Electoral De Bogotá Cada Elector Votara En Una Sola Papeleta Por Dos Representantes Principales Y Por Lo Cuatro Suplentes

Decreto 435 de 1909 · Por el cual se dispone la manera de efectuar las votaciones para Representantes en el Distrito Electoral de Bogotá

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

°. En el distrito electoral de Bogotá cada elector votara en una sola papeleta por dos representantes principales y por lo cuatro suplentes.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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