Los Consejos Seccionales o Regionales de Ingeniería podrán sancionar a los profesionales responsables de la comisión de faltas disciplinarias, con:
Amonestación escrita;
Suspensión en el ejercicio de la profesión hasta por cinco (5) años;
Cancelación de la matrícula profesional, del certificado de inscripción profesional o del certificado de matrícula profesional.