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Artículo 2.2.1.7.1

Contenido De Las Declaraciones Del Impuesto Al Consumo De Licores, Vinos, Aperitivos Y Similares

Decreto 1625 de 2016 · por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario en materia tributaria.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Contenido de las declaraciones del impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares. La declaración del impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares, de producción nacional, deberá contener:

1.

La información necesaria para la identificación y ubicación del contribuyente o responsable.

2.

La discriminación e identificación de los factores necesarios para determinar las bases gravables del impuesto al consumo, entre ellos:

Descripción del producto.

Unidad de medida.

Grado alcoholimétrico.

Precio de venta al detallista o al detal, según el caso.

Cantidad del producto.

3.

La liquidación privada del impuesto al consumo de licores, vinos, aperitivos y similares, indicando la tarifa aplicable para su liquidación.

4.

La liquidación de las sanciones.

5.

La información sobre reenvíos cuando haya lugar a ello.

6.

El valor a cargo o saldo a favor, según el caso.

7.

La firma del obligado al cumplimiento del deber formal de declarar

(Artículo 9°, Decreto 2141 de 1996)

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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