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Artículo 16

Sin Perjuicio De Lo Dispuesto En Los Artículos Anteriores, Contra Las Liquidaciones Del Impuesto A Las Grandes Rentas Y De Los Sobre-Impuestos De Ausentismo Y Soltería, Son Valederos Los Recursos Que Las Leyes Y Decretos Vigentes Establecen Contra Las Liquidaciones Del Impuesto Normal Sobre La Renta Y Complementarios, Dentro De Los Mismos Términos Y Condiciones, A Excepción Del Pago Previo, Que Para Los Gravámenes De Que Trata Este Artículo, Puede Ser Solamente Del 50% Del Impuesto O Sobre-Impuesto De Que Se Trate

Decreto 2641 de 1948 · por el cual se reglamentan los Decretos legislativos 1961, de 10 de junio de 1948, y 2118, de 23 de junio del mismo año.

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos anteriores, contra las liquidaciones del impuesto a las grandes rentas y de los sobre-impuestos de ausentismo y soltería, son valederos los recursos que las leyes y decretos vigentes establecen contra las liquidaciones del impuesto normal sobre la renta y complementarios, dentro de los mismos términos y condiciones, a excepción del pago previo, que para los gravámenes de que trata este artículo, puede ser solamente del 50% del impuesto o sobre-impuesto de que se trate.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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