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Artículo 10

Oficiales De Las Armas En El Ejército

Decreto 89 de 1984 · Por el cual se reorganiza la carrera de Oficiales y Suboficiales de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Oficiales de las Armas en el Ejército. Son Oficiales de las Armas en el Ejército todos aquéllos formados, entrenados y capacitados con la finalidad principal de ejercer el mando y la conducción de los elementos de combate y apoyo de combate del Ejército en todos los escalones de la jerarquía militar. Se consideran elementos de combate y de apoyo de combate en el Ejército, los que operan dentro de las modalidades y características de la Infantería, la Caballería, la Artillería, los Ingenieros y la Aviación.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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