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Circular Informativa5000-082-00120/04/2015· Secretaría de Autoridad Aeronáutica

Prohibición de vuelo solo alumnos en fase de crucero

. CIRCULAR INFORMATIVA N* 001 PROHIBICION VUELO SOLO ALUMNOS EN FASE DE CRUCERO AACIÁANTECA COVA 04 COLOMA A E. a a socedencia Versión: 01 Fecha: 20/04/2015 Página: 1 de 2 1. PROPOSITO: Esta Circular Informativa (C!) informa a los Centros de Instrucción Aeronáutica sobre las nuevas directrices establecidas por la UAEAC, para efectuar vuelos solos (ALUMNO) en aeronaves de instrucción. Esta Circular Informativa Cl se constituye como un procedimiento informativo de carácter técnico y/o administrativo generado por la Secretaría de Seguridad Aérea; pero no el único aceptable para la UAEAC. En ningún momento este procedimiento exime al solicitante de cumplir con las demás disposiciones vigentes y los requisitos de la Regulación Nacional, solicitados por otras dependencias de la UAEAC. 2. APLICABILIDAD: A los Centros de Instrucción Aeronáuticas de INMEDIATO CUMPLIMIENTO. 3. DEFINICIONES Y ABREVIATURAS: A menos que sea definido de otra forma en esta Circular Informativa, todas las palabras, frases, definiciones y abreviaturas tienen igual significado que aquellos usados en los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia (RAC). Adicionalmente, las definiciones y abreviaturas listadas a continuación son aplicables a los procedimientos descritos en este documento. » RAC: Reglamentos Aeronáuticos de Colombia. - CI: Circular Informativa - VAEAC: Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil. - TIEMPO DE VUELO SOLO: Tiempo durante el cual el alumno piloto es el único ocupante de la aeronave en vuelo. - “CENTRO DE INSTRUCCIÓN AERONÁUTICA: Todo establecimiento público o privado, nacional o extranjero que funcione ya sea de manera independiente o adscrito a una empresa aérea, taller aeronáutico o fábrica de aeronaves o partes; en el que, con el debido permiso de una Autoridad Aeronáutica, se imparte uno o más programas de entrenamiento para instrucción teórica o práctica, de tierra o vuelo, inicial o avanzada; de transición, para habilitaciones específicas, de repaso (recurrente) o para actualización; al personal aeronáutico en sus diferentes modalidades y especialidades. 4. ANTECEDENTES: Siniestro de las aeronaves con matrícula HK 1912G y HK5064G en el Departamento de Santander. 5. REGULACIONES RELACIONADAS: RAC 2 Centros de Instrucción Numeral 2.15.5.6. Clave: GDIR-3,0-12-2 Versión: 01 Fecha: 01/09/2014 Página: 1 de 2 CIRCULAR INFORMATIVA N* 001 MM PROHIBICION VUELO SOLO ALUMNOS EN FASE DE CRUCERO Principio de Procedencia 5000-082-001 Versión: 01 Fecha: 20/04/2015 Página: 2 de 2 6. OTRAS REFERENCIAS: Ninguna. 7. MATERIA: La UAEAC a través de la Secretaria de Seguridad Aérea, PROHIBE, la operación de aeronaves en vuelo solo (ALUMNO) para efectuar entradas y salidas, a los aeropuertos que sirven a las ciudades de: Guaymaral Bucaramanga Pasto Medellín Cúcuta Manizales DARDOS Así como el cruce de cualquier de las cordilleras que recorren el territorio nacional. La Autoridad Aeronáutica ÚNICAMENTE permitirá efectuar vuelos de ALUMNO SOLO, en fase crucero, en los aeropuertos ubicados a lo largo del Valle del Magdalena, Valle del Cauca, Costa Atlántica y Llanos Orientales. 8. VIGENCIA La presente circular informativa (Cl) rige a partir de la fecha de publicación y se mantendrá hasta la verificación de la implementación y cumplimiento de carácter obligatorio de las recomendaciones emitidas por el Grupo de Seguridad Operacional. 9. CONTACTO PARA MAYOR INFORMACIÓN Para cualquier consulta técnica adicional con respecto a esta Circular informativa, dirigirse al Grupo de Operaciones de la Secretaria Seguridad Aérea de la UAEAC Tel. (57-1) 2962002, claudia.cardenas(MDaerocivil.gov.co En las regionales contactar al respectivo Inspector de seguridad Aérea o Inspector Principal de Mantenimiento (PMI) y/o al Grupo de Control y Seguridad Aérea local. Soi. y AN FREDDY AUGUSTO BONILLA HERRERA Secretario de Seguridad Aérea Revisó: Cr. Gustavo Adolfo triarte Návas - Jefa Grupo Investigación de Accidente Ing. Gustavo Alberto Suarez Penagos - Director Estándares de Carlos Alberto Cote Gómez q Jefe Grupo de Operaciones HA Proyectó: — Claudia Cárdenas Zarate - Inspector de Seguridad Aérea Clave: GDIR-3.0-12-23 Versión: 01 Fecha: 01/09/2014 Página: 2 de 2