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Resoluciones a los RAC0017603/02/2021· Grupo Estructura Normativa y Estándares Aeronáuticos

Por la cual se incorpora un ADJUNTO a la norma RAC 3 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia en el Apéndice A ASIGNACIÓN de los slots para las operaciones aéreas en aeropuertos coordinados nivel 3 y facilitación de horarios en aeropuertos niveles 2 y 1

N* 51.576 del 02 de Febrero de 2021 REPÚBLICA DE COLOMBIA AERORALTICA CPI Lia TRA A Principlo de Procedencia: MINISTERIO DE TRANSPORTE 1061-482 UNIDAD ADMIMESTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIVIL Resolución Núrnero (800176) 01FEb PANA! "Por la cual se incorpora un ADJUNTO a la norma RAC 3 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia en el “Apéndice "4" asignación de slots para las operaciones aéreas en aeropuertos coordinados nivel 3 y facilitación de horanos en aeropuertos niveles 2 y 1.” EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONAUTICA CIVIL En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas en el artículo 1782 del Código de Comercio, en concordancia con lo establecido en el articulo 2", 3*, 5* numerales 3, 6, artículo 9 numerales 3, 4 y 12 del Decreto 260 de 2004 modificado por el Decreto 823 de 2017 y CONSIDERANDO: Que la República de Colombia es parte en el Convenio sobre Aviación Civil Intemacional suscrito en la ciudad de Chicago (USA) el 7 de diciembre de 1944 y aprobado mediante Ley 12 de 1947 por consecuencia miembro de la Organización de Aviación Civil Internacional - OACI, por lo cual, debe dar cumplimiento al citado Convenio y demás estándares técnicos adoptados por dicha Organización. Que de conformidad con el artículo 1859 del Código de Comercio, los permisos de operación de servicios de transporte aéreo determinarán los itinerarios autorizados y las demás condiciones que señalen los reglamentos. Que mediante Resolución 07466 del 22 de diciembre de 2011, se adicionó un apéndice "A" a la Parte Tercera de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, denominado “ASIGNACIÓN DE FRANJAS HORARIAS (SLOT) PARA LAS OPERACIONES AÉREAS EN AEROPUERTOS COORDINADOS.” Que mediante resolución 2062 del 18 de Julio de 2017, a través del ARTÍCULO SEXTO: se modificó el "Apéndice A” del RAC 3, denominado "APÉNDICE “A' ASIGNACIÓN DE SLOTS PARA LAS OPERACIONES AÉREAS EN AEROPUERTOS COORDINADOS NIVEL 3 Y FACILITACIÓN DE HORARIOS EN AEROPUERTOS NIVELES 2 Y 1." Que, de ese Apéndice, hacen parte las secciones 6.1. Principios claves de la asignación de Slots,6.3.1. Slots históricos,6.5 (c) mantenimiento y devolución de slots. 6.6. Norma "Úselo o Piérdalo" (a)...(b) ...(c) 6.7. Elegibilidad para “Condición de Histórico (a)...(b)... (c)...g...i; 6.7.1 Cancelaciones antes de la fecha de referencia de Históricos 6.7.2 Cancelaciones después de la techa de referencia de Históricos, 6. No utilización justificada de Slots. Clave: GDIA-3.0-12-0010 A Wersidn: 015 Fecha: 23/11/2020 Página: 1 de 7 A A | N* 51.576 del 02 de Febrero de 2021 REPÚBLICA DE COLOMBIA La movilidad Miiranarte , de fodos AERCAÁLTICA Crit E A ¡Alla y “ad Principio de Procedencia: MISTERIO DE TRANSPORTE 1061-4923 | UNICAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA GIL Resolución Número eoorz6? 01FE MA “Por la cual se incorpora un ADJUNTO a la norma HAC 3 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia en el “Apéndice “A” asignación de slots para las operaciones aéreas en aeropuertos coordinados nivel 3 y facilitación de horarios en aeropuertos niveles 2 y 1.” Que la Asociación de Transporte Aéreo Intemacional (IATA), solicitó el 22 de | Diciembre del año 2020 a la Oficina de Transporte Aéreo, apoyo para adoptar los alivios en las reglas y requisitos necesarios para el uso de las franjas horarias en el Aeropuerto Internacional Eldorado, durante la temporada del verano 2021 (NS21), que corresponde al período del 28 de marzo al 30 de octubre de 2021, debido que el tráfico aéreo se mantiene en niveles mínimos con vuelos operando alrededor del 35% de los niveles de 2019. Que, la Asociación de Transporte Aéreo Intemacional (IATA), hizo saber que el Worldwide Airport Slot Board (WASB), integrado por aerolíneas (miembros de lATA y no IATA), aeropuertos (Airports Council international) y coordinadores de slots (Worldwide Airport Coordinators Group) que representan a la industria de la aviación global, han trabajado en una solución para abordar la necesidad continua de alivio de los requisitos estándar de uso de slots, Que, por lo anterior, han solicitado a los gobiernos una flexibilidad y alivio planteando elementos de la recomendación para la temporada de verano de 2021 así:1. La serie completa de slots devueltos por las aerolíneas antes del 8 de febrero de 2021 deben dejar de utilizarse. a) Las aerolíneas que tornen estos slots devueltos y los operen de forma no histórica, deben tener prioridad sobre cualquier nueva dernanda en la asignación de dicho slot al año siguiente si la aerolínea original no lo opera.2. Los slots retenidos después del 8 de febrero de 2021 están sujetos a un límite de uso de 50:50 (y no de 80:20, como sucede en una operación normal). 3. Disposiciones especificas de justificación de no uso de slots (fuerza mayor) para vuelos cancelados debido a restricciones resultantes de la pandernia COVID-19, Que igualmente se considera que la recomendación mencionada, asegura la compatibilidad y consistencia global, pues, con 197 aeropuertos coordinados (Nivel 3) a nivel mundial, es evidente que la asignación de slots aeroportuarios requiere procesos consistentes en ambos extremos de las rutas generando el equilibrio necesario para la protección de las redes de aviación anteriores al COVID-19, las cuales dependen de tiempos de slots precisos y bancos de tráfico de conexión. Que el incentivo para la devolución anticipada de la serie completa de slots (conocido internacionalmente como Slot Relief, antes del inicio de la temporada, permitirá la reasignación de slots a otras aerolíneas que deseen operar conservando los slots integrales de la red, pero que, no podrán operar este verano y que para los aeropuertos, la información de planificación esencial estará disponible antes, ya que las aerolíneas deben decidir antes del A de febrero de 2021 para beneficiarse de esta exención, destacando que las aerolíneas que estén listas para volar y atender | Claves GOM-3,0-12-010 Wersión: 05 Fechas 24/11/2070 h, e N* 51.576 del 02 de Febrero de 2021 REPÚBLICA DE COLOMBIA AROMÁTICA CIVIL APIS ATA MAT AAA Li pl Principio de Procedencia: MINISTERIO DE TRANSPORTE 1001-4492 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁUTICA CIL Resolución Número 800176 01FE8 22 "Por la cual se incorpora un ADJUNTO a la norma RAG 3 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia en el “Apéndice "4” asignación de slots para las operaciones aéreas en aeropuertos coordinados nivel 3 y facilitación de horarios en aeropuertos niveles 2 y 1." la demanda a través de la operación de vuelos sobre una base no histórica en el verano de 2021, reciban prioridad en las temporadas siguientes. Que, adicionalmente, han puesto de presente que las aerolíneas están finalizando el proceso de coordinación de slots para la temporada de verano y como parte del proceso normal, completarán esta fase antes del 31 de enero de 2021 y que las aerolíneas igualmente, están tomando decisiones sobre la flota, la tripulación, el horario y las estructuras de ruta que influirán en todas sus redes en el año 2021, su capacidad para mantener las operaciones frente a la falta de ingresos o la demanda conocida y en última instancia, la rapidez con la que se puede recuperar toda la industria incluyendo una fecha límite para la devolución de series de slots a más tardar el 8 de febrero de 2021, con el fin de recibir el alivio en uso de los slots y un umbral más bajo para el uso de series en la temporada. Que, para poder procesar estas modificaciones y devoluciones, La Autoridad Aeronáutica, a través de la norma RAC 3 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia en su Apéndice A, determina los parámetros para la asignación de franjas horarias dos veces al año. Que, la Jefatura de la Oficina de Transporte Aéreo, conjuntamente con la Coordinación del Grupo de Franjas Horarias, como función a ellos atribuida, y con base en el capítulo € sección 11.200 de RAC 11, han considerado la propuesta y encuentran viable el análisis de IATA y las condiciones justificativas del Worldwide Airport Slot Board (WASB), compuesto por aerolíneas (miembros de JATA y no ¡ATA), aeropuertos (Airports Council Intemational) y coordinadores de slots (Worowide Airport Coordinators Group), como representantes de la industria de la aviación global, para lo cual mediante formato establecido en RAC 11, han solicitado la modificación de la Norma RAC 3 Apéndice A, basados en la necesidad y el objetivo consistente en: la * Planificación de horarios de las temporadas, respecto de a la tripulación, la fota, demanda, uso de la capacidad del aeropuerto- En tiempos normales, la regla 80420 da como resultado un cumplimiento de 95%. y- Usando las previsiones para 2021 y probables escenarios de recuperación, 56 calcula un cumplimiento de 70% de uso en mercados donde la demanda se recupera con rapidez. Que adicionalmente, la Oficina de Transporte Aéreo con base en las condiciones justificativas del WASB, ha considerado importante que, como consecuencia del COVID-19 y las dificultades operacionales que éste conlleva, tener en cuenta como causas especificas de justificación de no uso de slots, entre otras, las siguientes: Clave: GOiA-3.0-12-010 ! Varslón: DS ] Fecha: 23/11/2020 Página: Ade 7 ibi N* 51.576 del 02 de Febrero de 2021 REPÚBLICA DE COLOMBIA A [] 7 sde todos a er AERONAÑUTICA CIL AAA AA 1 E a AA iaa) Vadis Principio de Procedencia: MINISTERIO DE TRANSPORTE 1061-4982 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AERONÁLTICA CIVIL Resolución Número Caoorzo M1FB AM "Porla cual se incorpora un ADJUNTO a la norma RAC 3 de los Reglamentos Agronáuticos de Colombia an el "Apéndice "A" asignación de slots para las operaciones aéreas en aeropuertos coordinados nivel 3 y facilitación de horarios en aeropuertos niveles 2 y 1." a) Restricciones de viaje establecidas por el gobiemo basadas en la nacionalidad, cierre de fronteras, advertencias gubernamentales de viaje relacionadas con COWID 19, o prohibiciones completas de vuelos desde / hacia clertos países o áreas geográficas. b) Restricciones gubernamentales severas relacionadas con COVID 19 sobre el número máximo de pasajeros que llegan o salen en un vuelo especifico o a través de un aeropuerto especifica. c) Restricciones gubernamentales sobre medidas de cuarentena o aislamiento preventivo dentro del país o región donde se encuentra el aeropuerto o destino (incluidos los puntos intermedios). d) El cierre, por parte del gobierno, de negocios esenciales que apoyan las actividades de aviación (por ejemplo, cierre de hoteles). e) Restricciones imprevisibles a la tripulación de la aerolínea, incluidas prohibiciones repentinas de entrada o tripulación varada debido a medidas de cuarentena. Que, ante las actuales realidades operativas y económicas en el contexto de la aviación mundial, la Autoridad Aeronáutica Colombiana, encuentra viable las medidas de alivio solicitadas sin que se afecten los portafolios de slots asignados a las aerolíneas, para efectuar una modificación temporal a la nonna HAC 3 Apéndice A, mediante la promulgación de un adjunto, como respuesta a la crisis generada por la pandemia de COVID-19, Que por lo anteriormente expuesto, RESUELVE: ARTICULO PRIMERO: Modificar las fechas para la devolución de slots y medición de cumplimiento temporada Summer 2021 establecidas actualmente en la Sección 6.5 del Apéndice A de RAC 3. Clawe: G01H-3.0-12-010 Wersián: 05 Fecha! 23/14/2000 Págima: 4 de 7 . — N* 51.576 del 02 de Febrero de 2021 REPÚBLICA DE COLOMBIA AERCOALTICA CIVIL gl A A o, Wi 25 0 Lodos Principio de Procedencia: MINISTERIO DE TRANSPORTE 1061-4932 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AEROMÁLUTICA CIVIL Resolución Número ) 0 1 FEB 202 001756 "Por la cual se incorpora un ADJUNTO a la norma RAC 3 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia en el “Apéndice *4” asignación de slots para las operaciones aéreas en aeropuertos coordinados nivel 3 y facilitación de horarios en aeropuertos niveles 2 y 1," ARTICULO SEGUNDO: Incorporar un Adjunto con aplicación temporal en el "Apéndice A" de RAC 3 cuyo contenido sera; "ADJUNTO al “Apéndice “A” asignación de slots para las operaciones aéreas en aeropuertos coordinados nivel 3 y facilitación de horarios en aeropuertos niveles 2 y 1.” Devolución de Slots fecha Limite para el año 2021: 6.5. Mantenimiento y devolución de Slots (... [c) Especificamente, las series completas de Slots que una aerolínea no pretenda operar deberán devolverse antes de la fecha límite para la devolución de Slots: doce (12) de febrero de 2021 (verano) y 15 de agosto (inviemo). Con posterioridad a esta fecha, el Coordinador de Slots se abstendrá de procesar modificaciones y devoluciones hasta después de la techa de referencia de históricos. Las series completas de slots devueltas antes del 12 de febrero de 2021, en las cuales el operador se acoja al Alivio de Franjas Horarias (Slot Relief), serán consideradas históricas para la temporada verano 2022, PARAGRAFO: Para el año 2022, aplicará nuevamente la fecha inicialmente establecida, es decir quince (15) de Enero (verano). ARTICULO TERCERO: Para secciones del Apéndice de AAC 3. 6,1. Principios claves de la asignación de Slots,6.3.1. Slots históricos,6.5 (c) mantenimiento y devolución de slots. 6.5. Norma "Uselo o Piérdalo” (a)...(b) ...(c) 6.7, Elegibilidad para "Condición de Histórico (a)...(b)... (c)...g...i; 6.7.1 Cancelaciones antes de la techa de referencia de Históricos 6.7.2 Cancelaciones después de la fecha de referencia de Históricos,6. No utilización justificada de Slots., aplicará lo siguiente; La serie completa de slots devueltos por las aerolíneas antes del 12 de febrero de 2021 deben dejar de utilizarse. aj Las aerolíneas que tomen estos slots devueltos y los operen de forma no histórica, deben tener prioridad sobre cualquier nueva demanda en la asignación de dicho slot al año siguiente, si la aerolínea original no lo opera.2. Los slots retenidos después del 12 de febrero de 2021 están sujetos a un límite de uso de 50:50 (y no de 80:20, como sucede en una operación normal. 3. Se consideran situaciones especificas de justificación de no uso de slots (fuerza mayor) para vuelos cancelados debido a restricciones resultantes de la pandemia COVID-19, además de las Clave: GDIA-3.0-12-010 A Versión: DS Fechas 23/11/2070 Página: 5 de 7 A AA id e a Dc a A. e ct e ml pon y pa A ATEN — a A pr N* 51.576 del 02 de Febrero de 2021 REPÚBLICA DE COLOMBIA AERIMÁALITICA CIL A ON leal Bolsa Principito de Procedencia: MINISTERIO DE TRANSPORTE 1061-4892 UNIDAD ADMIMISTRATIVA ESPECIAL DE AEROMNÁUTICA CIVIL Resolución Número FER 204 (400176) sd “Por la cual se incorpora un ADJUNTO a la norma RÁC 3 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia en el “Apéndice “A” asignación de slots para las operaciones aéreas en aeropuertos coordinados nivel 3 y facilitación de horarios en aeropuertos niveles 2 y 1.” determinadas por la Autoridad basadas en las condiciones particulares que estime pertinente, las siguientes: » Restricciones de viaje establecidas por el gobierno basadas en la nacionalidad, cierre de fronteras, advertencias gubernamentales de viaje relacionadas con COWID 19, o prohibiciones completas de vuelos desde / hacia ciertos países o áreas geográficas. * Restricciones gubernamentales severas relacionadas con COVID 19 sobre el número máximo de pasajeros que llegan o salen en un vuelo especifico o a través de un aeropuerto específico. » Restricciones gubemamentales sobre medidas de cuarentena 0 aislamiento preventivo dentro del país o región donde se encuentra el aeropuerto o destino (incluidos los puntos intermedios). *« El cierre, por parte del gobiemo, de negocios esenciales que apoyan las actividades de aviación (por ejemplo, cierre de hoteles), . Restricciones imprevisibles a la tripulación de la aerolínea, incluidas prohibiciones repentinas de entrada o tripulación varada debido a medidas de cuarentena, PARAGRAFO: La anterior condición, aplicará única y temporalmente durante la temporada de verano (summen dos mil veintiuno (2021), ARTICULO CUARTO: La presente Resolución no exime a las aerolíneas de su obligación de usar los slots atendiendo el principio de buena fe y de manera adecuada con estricto cumplimiento de la regulación aeronáutica y de protección de libre competencia aplicables. Adicionalmente, la Aerocivil podrá realizar las modificaciones regulatorias o adelantar los procesos que considere necesarios para evitar o corregir prácticas, procedimientos o sistemas tendientes a limitar la libre competencia económica, generar barreras injustificadas de entrada o que afecten la debida prestación de los servicios aéreos. ARTICULO QUINTO: La presente Resolución estará vigente hasta finalizar la temporada de verano de 2021 (Summer 217), 30 de octubre de 2021 inclusivo. Las demás disposiciones de la norma RAC 3 y su 'Apéndice A', continúan vigentes conforme a su texto preexistente, ARTICULO SEXTO: Una vez publicado el presente Acto Administrativo en el Diario Oficial, incorpórese a la versión Institucional Oficial de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia publicada en la página wab www.aerocivil gov.co como adjunto al RÁC 3 "Apéndice A”. Clave: GDIBA-4,0-17-010 Versión: 05 h Facha: 23/11/2070 Página: 6 de 7 La movilidad (3 (] na as de todos Mirirenporbe N* 51.576 del 02 de Febrero de 2021 REPÚBLICA DE COLOMBIA AEROMÁLTICA GIMIL 4 IEA AMA Al PRPFTAA Alaro y naa Principio de Procedencia: MINISTERIO DE TRANSPORTE 1081-4892 UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE AEROMÁLUTICA CIVIL Resolución Número ER 2021 (00176) 01 *Por la cual se incorpora un ADJUNTO a la norma RAC 3 de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia en el "Apéndice "A” asignación de slots para las operaciones aéreas en aeropuertos coordinados nivel 3 y facilitación de horarios en aeropuertos niveles 2 y 1." ARTICULO SEPTIMO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 0 1 FEB 2021 Dada en la ciudad de Bogotá a los Aru loa JUAN CARLOS SALAZAR GOMEZ Director General Proyeció: Jorge Enrique Mlebles Mora- Soordinador Grupo de Fremjas Horaria María Liznth Aozo Pardo- Olicina de Transpade hármro A. Aulh Mercedes Díaz Caslillo- Especialista Aeronáutico Grupo de Normas Aerordulicas |; Ani Edgar Benjernín Rivara Florez- Coordinador Grupo de Nomnas ssiñasicas SN Aprobó: Lucas Podriguez Gómez, - Jefe Oficina de Tranaporte Agrao. sE Aula pectóúnica Rola Elestónica: J43000 Secretaria Ganeral'201 8/ Resolución Clave: GOIA-3,0-12-010 Versión: 05 Fecha: 23/11/2070 Página: Fale 7 N* 51.576 del 02 de Febrero de 2021