Aclaración de voto a la Sentencia C-992 99Referencia: Expediente D-2555Demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 279 a 304 y 306 a 335 del Decreto 1122 de 1999Actor: Campo Elías Cruz BermudezMagistrado Ponente: Dr. JOSE GREGORIO HERNANDEZ GALINDOTeniendo en cuenta que los suscritos magistrados salvamos nuestro voto respecto de la decisión adoptada mediante la Sentencia C-702 de 1999, que decidió declarar inexequible el artículo 120 de la ley 489 de 1999, por las razones expuestas en dicho salvamento y a las cuales nos remitimos, en el presente caso nos permitimos aclarar el voto en el sentido de que sólo en acatamiento al principio de cosa juzgada, hemos compartido la decisión aquí adoptada.Fecha ut supra,EDUARDO CIFUENTES MUÑOZMagistradoVLADIMIRO NARANJO MESAMagistradoALVARO TAFUR GALVISMagistrado ---pies de página---
Concurring opinion
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JusticesEduardo Cifuentes Muñoz·Alvaro Tafur Galvis·Vladimiro Naranjo Mesa
Joint concurrence by Eduardo Cifuentes Muñoz, Alvaro Tafur Galvis, and Vladimiro Naranjo Mesa. They share a single text.
Topic of the ruling: Dec. 1122/99 Art. 279 A 304 Y 306 A 335. Estatuto O Codigo Nacional De Transporte. Inconstitucionalidad Por Consecuencia. Ver <a Href=../1999/C-923-99.Rtf> C-923/99</A>. Inexequible.
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