aclaración de voto del Magistrado Jaime Araújo Rentería. Sentencia C-222 de 1995, M.P. José Gregorio Hernández. En otra oportunidad se señaló también: "[s]i el Congreso tiene autoridad suficiente para establecer impuestos, tasas y contribuciones, señalando los hechos en que se fundamenta su obligatoriedad, las bases para su cálculo, los sujetos contribuyentes, los sujetos activos y las tarifas aplicables, es natural que goce del poder suficiente para consagrar exenciones y otras modalidades de trato a los contribuyentes, por razones de política económica o para realizar la igualdad real y efectiva, a partir de la iniciativa del Gobierno (art. 154 C.P.). [En el mismo sentido] la decisión de restringir o eliminar una exención equivale a la decisión de gravar algo que no estaba gravado, o que lo estaba de manera diferente, lo que significa que hace parte de la potestad impositiva del Estado, atribuida por la Constitución al Congreso”. (Sentencia C-341 de 1998, M.P. José Gregorio Hernández) Al respecto ver, entre otras, las sentencias C-393 de 1996 (MP Carlos Gaviria Díaz), C-188 de 1998 (MP José Gregorio Hernández Galindo). Sentencia C-1261 de 2005. M.P. Manuel José Cepeda Espinosa. Corte Constitucional, sentencia C-393 de 1996 (MP Carlos Gaviria Díaz). Cfr. Corte Constitucional. Sentencias C-335 del 21 de julio de 1994 (M.P. José Gregorio Hernández Galindo), C-222 del 18 de mayo de 1995 (M.P. José Gregorio Hernández Galindo) y C-393 del 22 de agosto de 1996 (M.P. Carlos Gaviria Díaz). Sentencia C-717 de 2003, M.P. Jaime Córdoba Triviño,
Concurring opinion
The official text of this opinion is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
JusticeJaime Araujo Rentería
Topic of the ruling: Rentas De Trabajo Exentas Respecto A Pilotos E Ingenieros De Vuelo. Requisitos Para Otorgamiento De Exención
✓
Official text — Constitutional Court case-law reporter's officeN1 · hard data · faithful reproduction of the published opinion