DecretoIn force
Decreto 2302 de 1996
por el cual se reajustan unos valores absolutos del impuesto de timbre nacional no administrado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, para el año gravable de 1997 y se dictan otras disposiciones.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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03
Signatories
National Government
- Ernesto Samper PizanoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial de las que confiere el artículo 31 de la Ley 2º de 1976 modificado por el artículo 8º de la Ley 50 de 1984, y la Ley 242 de 1995. CONSIDERANDO Que de acuerdo con el artículo 548 del Estatuto Tributario, los valores absolutos expresados en moneda nacional, en las normas relativas al Impuesto de Timbre, se reajustarán anual y acumulativamente en el ciento por ciento (100%) del incremento porcentual del índice de precios al consumidor para empleados que corresponde elaborar al Departamento Administrativo Nacional de Estadística, en el período comprendido entre el primero (1º) de julio del año anterior al gravable y la misma fecha del año inmediatamente anterior a éste Que la Ley 242 del veintiocho (28) de diciembre de 1995, modificó todas aquellas normas legales que tienen en cuenta el comportamiento pasado del índice de precios al consumidor como factor de reajuste de sanciones, rangos, cuantías entre otros, ordenando su ajuste en un porcentaje igual a la meta de inflación fijada para cada año en que proceda el reajuste
- José Antonio Ocampo GaviriaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público