DecretoIn force
Decreto 895 de 1933
Por el cual se dan unas autorizaciones al Ministerio de Hacienda y Crédito Público
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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1Con El Fin De Aumentar Los Recursos Disponibles De La Tesorería General Para Atender A Las Necesidades De La Defensa Nacional, Autorízase Al Ministro De Hacienda Y Crédito Público: A) Para Hacer, Con La Intervención Del Banco Central Hipotecario, Operaciones De Descuento, A Una Tasa Que No Exceda Del 5 Por 100 Anual, Sobre Los Depósitos A Largo Plazo Y Sin Interés, Hechos Por El Gobierno En Los Bancos Hipotecarios De Bogotá E Hipotecario De Colombia, En Virtud Del Decreto 280 De 1932; Y B) Para Celebrar Hasta El 31 De Diciembre Del Corriente Año, Transacciones Con Los Deudores Del Fisco, Por Deudas Anteriores Al 1° De Enero De 1932, Sobre La Base Del Pago Inmediato De Dichas Deudas, Pudiendo Rebajar Los Intereses Y Recargos Y Hasta Un 15 Por 100 Del Capital, Previo Concepto Favorable Del Contralor General De La República2Este Decreto Regirá Desde La Fecha
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Signatories
National Government
- Enrique Olaya HerreraPresidente de la República
- Agustín Morales OlayaEl Ministro de Gobierno
- R. Urdaneta ArbelaezEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Esteban JaramilloEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Carlos Uribe GaviriaEl Ministro de Guerra
- Francisco José ChauxEl Ministro de Industrias
- Julio Carrizosa VEl Ministro de Educación Nacional
- Alberto PumarejoEl Ministro de Correos y Telégrafos