DecretoDeclarado Nulo
Decreto 768 de 2004
por el cual se fija transitoriamente la remuneración de los servidores públicos docentes al servicio del Estado en los niveles de preescolar, básica o media que se vinculen en provisionalidad al servicio público educativo de conformidad con lo establecido en el Decreto-ley 1278 de 2002.
The official text of this legal provision is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
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02
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1Los Docentes Que De Conformidad Con El Decreto-Ley 1278 De 2002, Sean Nombrados En Provisionalidad A Las Plantas De Cargos De Las Entidades Territoriales Certificadas, Percibirán La Siguiente Asignación Básica Mensual Máxima: Asignación Básica Mensual Máxima: Normalista Superior $5722El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
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Signatories
National Government
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4° de 1992
- Alberto Carrasquilla BarreraEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Cecilia María Vélez WhiteLa Ministra de Educación Nacional
- Fernando Grillo RubianoEl Director del Departamento Administrativo de la Función Pública